La tranquilidad

en tu retiro

comienza con la toma

de decisiones correctas, en

Castellum

Te ayudamos.

¿Quiénes somos?

Somos una empresa experta en temas de retiro con más de 20 años de experiencia, seremos el puente que te ayudará a tener una vejez digna y sin preocupación económica.

Nuestro compromiso es tu bienestar. Te asesoramos en cada proceso para que puedas disfrutar al máximo tu retiro.

Servicios

Pensión ley 73 0 97 del IMSS.

El trámite de la pensión es sencillo, podemos dividirlo en dos grandes puntos relacionados con el monto de pensión que se obtendrá, para ello hay que determinar 3 factores:

  • Semanas cotizadas

  • Salario promedio

  • Edad al momento de la baja

Una vez determinados estos tres factores son los que van a definir cuanto será el monto de la pensión. El segundo punto importante es todo lo relacionado con documentación, una vez presentada toda la información de forma correcta el trámite será muy rápido y sencillo.

Te brindamos asesoría la verificación del monto de la pensión para saberlo antes que sea solicitada.

Modalidad 40 del IMSS

Es un derecho que permite a los trabajadores, bajo la ley 73 y ley 97 del seguro social, en donde pueden realizar aportaciones voluntarias

La ley 73 da la oportunidad de registrarse con un salario igual o mayor al último con el que cotizaron, esto con el fin de mejorar dos factores determinantes:

  • Aumenta el promedio salarial de los últimos 5 años cotizados.

  • Suma más semanas cotizadas en el IMSS

La línea 2 Crédito Infonavit.

Es un instrumento que se puede usar para recuperar el saldo de la subcuenta de vivienda a través de la compra y venta de un inmueble de interés social, este trámite es legal y seguro.

Nosotros te asesoramos.

Modalidad 10.

Es un esquema integral de seguridad social simplificado, el cual permite la incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social. Al inscribirse, los trabajadores independientes tienen los siguientes beneficios:

Servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos.

Atención obstétrica, incapacidades.

Pensión por invalidez y vida.

Por pensión por retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

Otras prestaciones sociales

No olvides que los trabajadores independientes puedes inscribir a su cónyuge, hijos menores o estudiantes y padres que dependan económicamente de ellos.

La modalidad 10 también permite acumular semanas cotizadas. Si hay han cotizado como asalariados, se suman a las semanas ya acumuladas; si no han cotizado antes, se empiezan a acumular las semanas.

En manos de nuestros expertos tu retiro se convertirá en una inversión inteligente.

¡Permítenos ayudarte a construir tu camino hacia la tranquilidad financiera!

No dejes que las dudas sobre tu pensión te quiten el sueño. Confía en nosotros para obtener el máximo beneficio

No dejes que las dudas sobre tu pensión te quiten el sueño. Confía en nosotros para obtener el máximo beneficio.

¿Aún no sabes cómo obtener tus semanas cotizadas?

  • Acude a la Subdelegación correspondiente con una identificación oficial válida y tu número de afiliación.

  • Solicita un certificado de derechos o constancia de semanas cotizadas, documento oficial que te entregarán debidamente sellado y firmado por el personal del Instituto.

  • Es necesario verificar si sus semanas son correctas, recuerde que un año equivale a 52 semanas cotizadas.

Preguntas frecuentes.

¿Cómo puedo obtener una mejor pensión por la Ley 73 del IMSS?

Si son pensiones de cesantía, vejez es necesario tomar en cuenta que son dos los elementos importantes para determinar el monto de la pensión, el salario promedio de las últimas 250 semanas (5 años), y el número de semanas cotizadas ante el instituto generado hasta la fecha de la baja.

¿Cómo puedo mejorar mi pensión?

Primero hay que verificar si tomaron en cuenta todas las semanas cotizadas, así como su salario promedio fue correcto, de no ser así hay que reclamar el ajuste de su pensión.

¿Cómo obtengo mi salario promedio?

Para calcular pensiones de cesantía, vejez, o cualquier otra es necesario el dato del salario promedio. Es un dato que en forma inexplicable el Seguro Social no entrega ni proporciona tan fácilmente, siendo que es un dato perteneciente al asegurado. Una de las opciones que se puede utilizar para conocer el salario promedio es mediante una solicitud de información de datos personales al Instituto Federal de Acceso a la Información.

¿Qué diferencias existen entre la Ley 73 y la Ley 97 del Seguro Social?

La forma en que se calculan y pagan las pensiones. Los requisitos para tener derecho a una pensión. (Por Ley 73 son 5400 semanas para cesantía o vejez y por Ley 97 se requieren 1250 semanas cotizadas).

En algunas pensiones de Ley 97 como invalidez, riesgos de trabajo, definitivas, viudez, orfandad y de ascendientes, la institución que paga la pensión es una Aseguradora y la prestación se llama en estos casos renta vitalicia.

El Seguro Social paga todas las pensiones de Ley 73 y de Ley 97 relativas a cesantía en edad avanzada, vejez, invalidez temporal y riesgo de trabajo provisional. Todos los pensionados tienen derecho al servicio médico para él y sus familiares en ambas.

¿Quiénes tienen derecho a elegir el régimen de pensiones de la Ley del 73 y la Ley del 97?

Los asegurados inscritos bajo la vigencia de la Ley del Seguro Social de 1973 y sus beneficiarios podrán elegir el régimen de pensiones que más convenga a sus intereses. Para que exista el derecho de elección es necesario que se cumplan dos requisitos:

El asegurado haya estado inscrito en el IMSS antes del primero del Julio de 1997.

Que se pensione durante la vigencia de la ley actual.

¿Qué ley me conviene más para pensionarme?

Normalmente, la Ley 73, porque en ella influye solo el salario promedio y el número de semanas cotizadas, y en la Ley 97 se incluye además el monto de las aportaciones, ya que estas determinan el monto de la pensión y como esta ley es nueva, normalmente las aportaciones todavía son mínimas y la pensión baja.

¿Con base en qué elementos se calculan las pensiones bajo el régimen de la Ley 73 y de la Ley 97?

En riesgos de trabajo no hay diferencia entre las dos leyes, solo si son mínimas, ya que la Ley 73 la paga con un salario mínimo y la Ley 97 con el salario incrementado con el INPC, de tal forma que es mayor la Ley 97.

En prestaciones no hay diferencias. En Ley 73 para pensiones de invalidez, cesantía, vejez, viudez, orfandad y ascendientes se considera el salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas y el número total de semanas cotizadas.

Mientras mayor número de semanas son más los incrementos que influyen en el monto de la pensión, cada 52 semanas es un incremento adicional a la cuantía básica.

¿Es importante calcular mi pensión antes de solicitarla?

En riesgos de trabajo no hay diferencia entre las dos leyes, solo si son mínimas, ya que la Ley 73 la paga con un salario mínimo y la Ley 97 con el salario incrementado con el INPC, de tal forma que es mayor la Ley 97.

En prestaciones no hay diferencias. En Ley 73 para pensiones de invalidez, cesantía, vejez, viudez, orfandad y ascendientes se considera el salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas y el número total de semanas cotizadas.

Mientras mayor número de semanas son más los incrementos que influyen en el monto de la pensión, cada 52 semanas es un incremento adicional a la cuantía básica.

¿A cuántas pensiones puedo tener derecho?

Las pensiones de riesgo de trabajo son compatibles con todas las pensiones, es decir, puede tener esta pensión y una de cesantía, vejez o invalidez.

La Ley 73 solo permite tener una de las siguientes pensiones: invalidez, cesantía o vejez.

¿Cuándo se me devuelven mis recursos de INFONAVIT?

La Subcuenta de Vivienda 92-97 conocida como SAR-INFONAVIT se devuelve cuando se obtiene el derecho a una pensión definitiva o una negativa de pensión y tiene más de 60 años.

La Subcuenta de Vivienda 97 se entrega al trabajador una vez que obtiene una pensión definitiva de cesantía, vejez o invalidez o una de incapacidad mayor al 50% si se tiene una negativa de pensión por Ley 97 y es mayor de 60 años.

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